Municipios multaban ilegalmente, aplican sanciones inconstitucionales
Foto: Congreso de SLP en sesión
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional la aplicación de multas por diversos municipios de San Luis Potosí, previstas en sus Leyes de Ingresos del ejercicio fiscal 2024.
Una de ellas corresponde para la persona encargada de la guarda o custodia de un “enfermo mental”, por permitirle trasladarse libremente en un lugar público, cuya disposición infringía el principio de igualdad y no discriminación.
Otras de las penalidades hacen referencia a proferir insultos verbales a transeúntes y autoridades; molestar a peatones y otros a conductores con el uso inapropiado de bocinas y escapes; injuriar a quienes asistan a espectáculos o diversiones, por parte de los actores, jugadores, músicos o auxiliares y hasta efectuar bailes sin permiso o en forma reiterada.
También hay multas por cantar canciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres; generar escándalo en la vía pública por riña o ebriedad; provocar escándalo o causar molestias que impidan el uso de un bien inmueble y alterar el orden público, entre otras.
Se sanciona en algunos municipios no usar cubrebocas; realizar eventos públicos o privados con más de 10 personas y carecer los establecimientos comerciales de gel antibacterial, sanitizante y termómetro, esto, pese a que ya se retiró la declaratoria de contingencia.
El fallo no precisa cuáles municipios aplicaron a lo largo del año tales sanciones, pero exhortó al Congreso para que en lo futuro, se abstenga de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad.
Fuente: Pulso