Derechos Humano denuncia al Congreso y gobierno de SLP, por violar derecho a la Información

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó sobre la acción de inconstitucionalidad que promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reforma al Código Penal de San Luis Potosí que tipifica diversos delitos relacionados con el uso de inteligencia artificial, confirmando que el recurso fue presentado dentro del plazo constitucional, pese a que organizaciones civiles y periodistas lamentaban que no se hubiera actuado.

La acción fue interpuesta el 17 de diciembre de 2025 por la presidenta del organismo nacional, María del Rosario Piedra Ibarra, en contra de los artículos 187 Ter, 272 Bis y 272 Ter del Código Penal local, reformados mediante el Decreto 0314 publicado el 18 de noviembre.

En documento entregado, se manifiesta que dichas disposiciones vulneran derechos fundamentales y principios constitucionales, entre ellos la libertad de expresión, el acceso a la información, la seguridad jurídica y el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad.

La CNDH advierte que los tipos penales aprobados por el Congreso del Estado de San Luis Potosí contienen formulaciones ambiguas e imprecisas que impiden a las personas conocer con claridad qué conductas están prohibidas, lo que abre la puerta a interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades.

En el documento se señala que “las descripciones típicas controvertidas inhiben el pleno ejercicio de la libertad de expresión y acceso a la información, especialmente en el espacio virtual”, al restringir el debate público y la crítica social en entornos digitales. Asimismo, en la impugnación se señala el uso desproporcionado del derecho penal para regular fenómenos asociados al desarrollo tecnológico.

La CNDH sostiene que, la legislación local recurrió de manera indebida al ius puniendi del Estado, criminalizando conductas que no necesariamente generan un daño real, sino únicamente un “riesgo presunto”, lo que contraviene el principio de mínima intervención o ultima ratio. En ese sentido, el organismo enfatiza que la respuesta estatal frente al uso indebido de la inteligencia artificial debió explorar previamente medidas menos restrictivas, como vías civiles, administrativas o de autorregulación tecnológica.