UASLP firmó contrato sin cláusulas de rescisión para arrendar terreno en Lomas
Al rector de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, UASLP, Alejandro Javier Zermeño Guerra, no le temblará la mano para rescindir el contrato con la empresa Distribuidora VEM S.A. de C.V., que ha incumplido con los acuerdos de arrendamiento de un terreno que pertenece a la máxima casa de estudios; pero será hasta el mes de enero próximo, cuando el Consejo Directivo Universitario (CDU) defina el destino de este acuerdo.
Previamente con la institución de educación superior se había acordado que se utilizarían los terrenos de Lomas cuarta sección, para para un proyecto deportivo, sin embargo, está convertida en una plaza comercial; hecho que contraviene cualquier acuerdo entre ambos.
Se esperaba que el viernes 13 de diciembre el CDU Definir a la recesión del contrato esta definición se analizará hasta enero de 2025.
Se informó de una reunión celebrada en el Honorable Consejo Técnico Consultivo de la Facultad de Contaduría y Administración, presidida por Urenda Queletzu Navarro Sánchez, abogada general de la UASLP, donde estudiaron una estrategia legal para residir o terminar anticipadamente el contrato de arrendamiento celebrado con distribuidora, debido a los incumplimientos en los compromisos y obligaciones contraídas por el arrendatario.
En ese encuentro en el que participaron los funcionarios universitarios, María Isabel García de Ávila, Juan Antonio Zapata Zapata y Germán Federico Pedrosa, este último indicó que “quedó constancia en el acta de que en todo momento deberían de cuidarse los intereses de la Universidad que debería de cuidarse el destino que se le diera a la imagen institucional de nuestra alma mater. Se están comprendiendo situaciones que pudieran ser constitutivas del incumplimiento puntual del contrato y además que pudieran constituir también alguna situación que no fuese acorde al cuidado de los intereses de la Universidad”.
El contrato no contiene cláusulas de recisión
Urenda Navarro mencionó que el contrato no estipula las posibles causas de rescisión “de hecho no hay una cláusula que haga referencia a la decisión solamente la terminación anticipada. Nosotros hemos sido muy cuidadosos en la reserva justamente del análisis, por lo que implican las estrategias legales que es poner en ventaja. Lo voy a decir, no hay cláusula que hable sobre la rescisión. La única cláusula que prevé una posible terminación de hecho, está así estipulada como terminación anticipada del contrato, solamente hay una que refiere que puede ser por voluntad en las partes, pero es una cláusula incluso que tiene una redacción bastante ambigua que tendría que ser incluso sometida a interpretación como un juez en la materia para que dirigiera”.
Es un negocio jurídico que asciende a cerca de 70 millones de pesos por el arrendamiento y dejarlo sería que la institución se fuera a un litigio en materia civil para el cumplimiento de contrato.
Fuente: Sol